TPM – Tarjeta Profesional del Metal
20 h | Presencial |
Empresas
En el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector Metal (CEM) se incorpora como novedad la formación mínima obligatoria en materia de Prevención de Riesgos Laborales, PRL, para todos los trabajadores del Metal. Aplica a todas las actividades del sector Metal que se encuadran en el convenio de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector Metal. Desde el 1 de octubre de 2017, en el plazo de tres años a razón de un 6º de la plantilla cada 6 meses, los empresarios deben adaptarse paulatinamente para proporcionar a cada trabajador, en cumplimiento de su deber de protección, una formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Para que sea acreditable, la formación debe ser impartida por entidades con la formación preventiva homologada